Enfoque social y legal de las Entidades Sin Fines Lucrativos (ESFL)

Los dos aportes más significativos que las ESFL realizan en el entorno en el cual interactúan son la capacidad de transformación social y la creación de valor.

Primeros pasos del enfoque social

Diversas disciplinas, estudios y autores tratan el impacto social de las ESFL. Comenzando por Tocqueville (1805-1859) reivindicando un estado social democrático igualitario libre de privilegios aristócratas, que alzaba su voz manifestando reconstruir una democracia que hiciera brotar la libertad del interior de la sociedad prevaleciendo lo social frente a lo político. Él mismo observaba el papel tan poderoso que jugaban las asociaciones ciudadanas realizando actividades en aquellos campos donde el Estado no llegaba, haciendo valer la ciencia de la asociación como la ciencia madre en los países democráticos.

“[…] en nuestra época, el derecho de asociación se ha convertido en una garantía necesaria contra la tiranía de la mayoría”. (Tocqueville, A. La Democracia en América I, p. 186, citado por Ros Che).

Crisis del Estado del Bienestar

Con la llegada de la crisis del Estado del Bienestar comienza a surgir un concepto que relaciona la ciudadanía y la participación:  EL CAPITAL SOCIAL. Los autores que han ahondado la idea del capital social y su desarrollo son: Robert Bourdieu, James Coleman, Robert Purtnam.

Las Naciones Unidas en su plataforma incorporan el enfoque de capital social como estrategia de desarrollo.

La búsqueda del resultado social requiere de una homogenización de indicadores que faciliten tanto la comparabilidad como la medición del resultado, tarea ardua y difícil, ya que cada entorno y cada realidad difiere sustancialmente. Además, debido a las condiciones de partida de cada realidad no necesariamente los mismos mecanismos deben provocar los mismos resultados.

Con este motivo diversas instituciones tratan de  aunar esfuerzos para redactar indicadores de medida. Uno de ellos es AECA, en su documento número 3 para ESFL elabora una serie de indicadores cuantitativos y cualitativos que aconseja utilizar como una guía para poder medir y evaluar sus resultados, misión y planes de futuro. Red de Redes de Economía Alternativa y Solidaria o los métodos de Ebrahim y Rangan son otros que podrían servir de ayuda a la hora de evaluar el impacto social.

Enfoque legal

Todos los agentes que forman parte de las economías modernas están regulados bajo un crisol de normas como base del sistema que ordena el Estado. Como participantes del sistema las ESFL están enmarcadas bajo una regulación extensa en pro a la mayor transparencia que se les exige a estas organizaciones.

El artículo 22 de la Constitución Española reconoce el derecho de asociación y el artículo 34 recoge el derecho de fundación. El principal marco de referencia normativa que las regula son:

  • LO 1/2002, de 22 de marzo, reguladora de Derecho de Asociación.
  • RD 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a  asociación de utilidad pública.
  • Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
  • RD 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
  • RD 1611/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Registro de fundaciones de competencia estatal.

Coexiste en cada comunidad autónoma leyes comunitarias que la regulan. Adicionalmente se deben añadir las leyes fiscales, contables y la ley de blanqueo de capitales.

Autor: Pedro Santana

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